ORDENANZA Nº 195/07 TEMA: HABILITACION COMERCIAL ESCUELA CANINA VISTO: El pedido realizado por el señor Cesar Zúñiga (expte. 148/07), y CONSIDERANDO: Que desea realizar la apertura de una escuela canina y dicho rubro no se encuentra tipificado en el Código de Planeamiento Urbano, como así tampoco en las normativas tributarias vigentes. Que las Comisiones de Legales y Obras Públicas han decidido otorgar una habilitación comercial para el desarrollo de tal actividad en el predio ubicado en Alvear e Irigoyen, de acuerdo a lo establecido en el Código de Planeamiento Urbano. POR ELLO: EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE ESQUEL, en uso de las atribuciones que le confiere la Ley 3098, sanciona la presente ORDENANZA ART. 1º: CREASE el rubro “Escuela Canina”, el cual será reglamentado por el área municipalcorrespondiente, operando su vencimiento en forma anual. ART.2º: OTORGASE al señor César Zúñiga habilitación comercial, para el funcionamiento de una escuela canina, por el término de un año, a partir de la promulgación de la presente Ordenanza, la que podrá ser renovada por igual período, en el predio ubicado en Irigoyen y Alvear, identificado catastralmente como: LOTE 1, SECTOR 5, CIRCUNSCRIPCION 4 de nuestra ciudad. ART.3º: La habilitación comercial otorgada en el artículo precedente se determina por el carácter de USO NO CONSIGNADO de la actividad, debiendo cumplir con todos los requisitos que le exijan las diferentes áreas municipales, ya sea tributarias, como las de salubridad e higiene. ART. 4º: Regístrese, comuníquese y cumplido archívese.
Esquel, 01 de Noviembre de 2007. –
VIVIANA RUIZ SECRETARIA LEGISLATIVA MIGUEL ALVAREZ PRESIDENTE
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