Comisión de Obras Públicas y Planeamiento Urbano |
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Miércoles, 07 de Mayo de 2008 08:38 |
Artículo 53. Decreto 08/12. Comisión de Obras Públicas y Planeamiento Urbano. Corresponde a esta Comisión dictaminar sobre todo asunto relativo a: a) Aplicación, reglamentación, control y mantenimiento actualizado del Plan de Ordenamiento Territorial Municipal.- b) Sistema de urbanización, edificación y planes de regulación edilicia.- c) Construcción de edificios particulares y públicos, los servicios accesorios y las demoliciones.- d) La apertura, ensanche, construcción, pavimentación y mejoramiento de calles, caminos, plazas, paseos públicos, parques y la delineación y niveles, realización de conservación de cercos, veredas, tapiales y otras mejoras similares.- e) Código de edificación.- f) Catastro municipal.- g) Disponer la prestación de los servicios públicos de barrido, riego, limpieza, alumbrado, provisión de agua, obras sanitarias, desagües pluviales, inspecciones, registro de guías, transporte y todo otro tendiente a satisfacer las necesidades colectivas de carácter social.- h) Cementerio.- i) Determinación de las zonas industriales y residenciales del Municipio, imponiendo restricciones y límites al dominio para la mejor urbanización.- j) Instalación y funcionamiento de tabladas y mataderos.- k) La instalación, ubicación y funcionamiento de los aparatos anunciadores, altavoces, letreros y demás formas de publicidad.- l) Seguridad de las edificaciones, calles y paseos municipales.- m) Señalización de la ciudad.- n) La protección de los árboles, jardines, parques y demás paseos públicos.- ñ) Proposición de las expropiaciones que por razones de necesidad pública deban encararse.- o) Reglamentación y control de los servicios municipales.- p) Ejecución de obras públicas.- q) Instalación de abastos, mercados, ferias y demás lugares de acopio y frutos
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