Comisión de Ambiente Producción y Turismo |
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Miércoles, 07 de Mayo de 2008 08:58 |
Artículo 56. Decreto 08/12 Comisión de Ambiente, Producción y Turismo: Corresponde a esta Comisión dictaminar sobre todo lo relacionado a: a) El estricto cumplimiento de la normativa ambiental establecida por la Constitución Nacional, Provincial y las Leyes Nacionales de presupuestos mínimos, el Código Ambiental de la Provincia del Chubut, el Código de Aguas de la Provincia del Chubut, las normas ambientales vigentes en nuestra provincia y las Ordenanzas establecidas por este Concejo Deliberante. b) Lograr la jerarquización de los servicios turísticos. c) Fomentar y apoyar programas e iniciativas que hagan al desarrollo turístico d) Realizar propuestas en el seno del Ente Mixto de Turismo, a fin de dar respuestas rápidas y eficientes para en bien de la comunidad en su conjunto. e) Legislar en lo referente a cartelería turística. f) Legislar sobre lo concerniente al desarrollo productivo y a la generación de empleo dentro del marco del desarrollo sustentable. g) Tratar sobre todo asunto o proyecto relativo al desarrollo económico, implementando medidas de protección, promoción y fomento de sus actividades productivas.
Comisión de Ambiente Producción y Turismo
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