141/14 MODIFICACION ART. 24 INC. I DEL ESCALAFON MUNICIPAL |
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Martes, 12 de Mayo de 2015 16:36 |
ORDENANZA N° 141/14 TEMA: MODIFICACION ART. 24 INC. I DEL ESCALAFON MUNICIPAL –D.E.
VISTO:
Los adicionales que se les otorgaran a inspectores técnicos y Profesionales de la Municipalidad de Esquel, (Expte. 13/11) y
CONSIDERANDO:
Que en al año 2011, se realizó una modificación en el art. 24º Inc i, a los efectos de beneficiar a los inspectores de la Dirección de obras Particulares de la Municipalidad de Esquel (ORD. 64/11).
Que en la mencionada ordenanza no se contempla el beneficio a los agentes municipales, técnicos y profesionales de la construcción, que cumplen funciones de inspectores de obra en otras áreas de la municipalidad.
Que estos agentes, tienen como responsabilidad la inspección, control (seguimiento) y certificación, de obras que lleva a cabo el municipio ejecutadas por sí o por terceros.
Que son responsables ante la Ley, Civil y Penalmente por sus actuaciones en la inspección, control (seguimiento) y certificación de las obras, como agentes representantes del municipio.
POR ELLO: EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE ESQUEL, en uso de las atribuciones que le confiere la Ley XVI Nº 46, sanciona la presente
O R D E N A N Z A ART. 1º: MODIFICASE el Art. 24º Inc. I, del Escalafón del Empleado Municipal, “Bonificaciones especiales y/o premios”, el que quedará redactado de la siguiente manera:
“ART. 24º: Inc. I: Adicionales a inspectores de obras de carácter privado y público que lleven a cabo trabajos de inspección, control (seguimiento) y certificación, cuya responsabilidad abarque la firma de la información mencionada: “los agentes municipales, técnicos y profesionales de la construcción que realicen tareas de inspección, control (seguimiento) y certificación de obras de carácter privado y público, percibirán un adicional del 35 % del básico de la categoría que revisten”.
ART. 2º: AUTORIZASE a la Secretaría de Hacienda a liquidar el adicional mencionado a partir de la promulgación de la presente Ordenanza.
ART. 3º: Regístrese, comuníquese al Departamento Ejecutivo y Cumplido Archívese.
Esquel, 14 de Agosto de 2014.
Lorena Anderson Horacio A. Iturrioz Secretaria Legislativa Presidente H. Concejo Deliberante H. Concejo Deliberante Ciudad de Esquel Ciudad de Esquel
Dada en la Sala de Sesiones del H.C.D. en la 9ª Sesión Ordinaria del 2014, bajo Acta 14/14, registrada como Ordenanza Nº 141/14. POR TANTO: Téngase como Ordenanza Municipal, regístrese, dese al Boletín Municipal y cumplido, archívese. SECRETARIA DE GOBIERNO: de de 2014. |