79/20 - MODIFICACIÓN ART.198 CÓDIGO PLANEAMIENTO URBANO |
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Lunes, 20 de Julio de 2020 19:35 |
ORDENANZA Nº 79/2020
TEMA: MODIFICACIÓN ART.198 CÓDIGO PLANEAMIENTO URBANO
VISTO: La necesidad de ir adecuando el Código de Planeamiento Urbano a las necesidades planteadas por el crecimiento de la Ciudad (Expte. 90/20) y;
CONSIDERANDO:
Que el Corredor Urbano que atraviesa la Av. Presidente Perón coincidiendo con la zonificación RI 1 se está consolidando como centro comercial y de servicios; Que existe un sector de 350 metros entre Av. Ameghino y calle Avellaneda sobre la mano impar de la mencionada avenida que posee retiro de frente, de acuerdo a lo establecido en el CPU vigente; Que, por el contrario, el mismo Código no exige dicho retiro en el resto del Corredor Urbano; Que resulta importante equiparar las posibilidades de desarrollo edilicio para todos los vecinos de ese sector en particular; Que la Comisión de Obras Públicas del H.C.D. ha estudiado el expediente y emite despacho favorable al proyecto.
POR ELLO: EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE ESQUEL, en uso de las atribuciones que le confiere la Ley XVI Nº 46, sanciona la presente
ORDENANZA
ART.1°: MODIFÍCASE el Artículo 198 (Retiro frontal), inc. ii) del Código de Planeamiento Urbano, el que quedará redactado de la siguiente manera:
“ART.198 inc. ii: “Se exigirán retiros frontales de 3,00 m en el polígono delimitado por Libertad, Avda. Alvear, Guido Spano, Vías del FNGR, Arroyo Esquel, Avellaneda y Avda. Perón (RI 1), quedando exceptuado de la exigencia del retiro los predios frentistas sobre Avda. Perón en el Corredor Urbano, entre Av. Ameghino y calle Avellaneda”.
ART. 2º: Regístrese, comuníquese, y cumplido, archívese.-
Esquel, 11 de junio de 2020.
Lic. Lorena Anderson Arq. Alejandro Wengier Secretaria Legislativa Presidente H. Concejo Deliberante H. Concejo Deliberante Ciudad de Esquel Ciudad de Esquel Dada en la Sala de Sesiones del H.C.D. en la 5° Sesión Ordinaria del 2020, bajo Acta Nº12/20, registrada como Ordenanza Nº79/2020. POR TANTO: Téngase como Ordenanza Municipal, regístrese, dese al Boletín Municipal y cumplido, archívese. SECRETARIA DE GOBIERNO: de junio de 2020.
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